Chat gratis

jueves, 20 de diciembre de 2007

Nota de prensa

NOTA DE PRENSA : MUXIKA GARBI

ASUNTO: RECUSACIÓN DE DOS CONCEJALES DE LA AGRUPACIÓN ELECTORAL MUXIKA GARBI DEL AYUNTAMIENTO DE MUXIKA
RECUSADOS: Don JOSE ANTONIO TORREALDAY ELGUEZABAL
RECUSADO NO NOTIFICADOAL DÍA DE HOY: DON IÑAKI MARKUERKIAGA ZUBIGARAY
RECUSANTE: EMPRESA “INAMA S.A.”,por medio de su representante don JOSE MANUEL SANCHEZ EXPOSITO, imputado en procedimiento penal por presunto delito contra el medio ambiente con daños a la salud de las personas, en el “caso INAMA”.

Con fecha de 4 de diciembre de 2007, a las 14.00 horas, se notifica al concejal de MUXIKA GARBI, don JOSE ANTONIO TORREALDAY ELGUEZABAL el escrito de recusación formulado o por el representante legal de la empresa “INAMA S.A.”.

El escrito de recusación presentado por la empresa INAMA S.A., por el que se le viene a recusar para SU INTERVENCIÓN EN EL EXPEDIENTE DE MODIFICACIÓN PUNTUAL DE LAS NORMAS SUBSIDIARIAS DE ESTA ANTEIGLESIA PROMIVIDO POR INDUSTRIA DE MADERAS AGLOMERADAS, S.A., basa el mismo en las siguientes causas de abstención,

1. Tener cuestión litigiosa pendiente con la citada empresa.
2. Tener interés personal en la ampliación de la actividad que desarrolla dicha empresa.
3. Y tener enemistad manifiesta con la misma.


ANTE LAS CAUSAS DE RECUSACIÓN QUE NOS IMPUTA EL REPRESENTANTE DE FINSA-INAMA S.A. (imputado en procedimiento del caso INAMA).


DECIMOS

1. Respecto a la causa que se nos imputa de TENER CUESTIÓN LITIGIOSA PENDIENTE CON LA CITADA EMPRESA, es decir que existan denuncias y procedimientos penales abiertos contra la actividad desarrollada por FINSA-INAMA, por denuncias presentadas por estos dos concejales así como por numerosos vecinos de Muxika, por presuntos delitos contra la salud pública y el medio ambiente, decir que, es derecho y deber de todo concejal, que ningún agente y en este caso la empresa INAMA, o cualquier otra, PERJUDIQUE CON SU ACTIVIDAD O SOBREPASE LOS LÍMITES ESTABLECIDOS POR LA LEGALIDAD VIGENTE, es decir tenemos el derecho y el deber de proteger la salud pública y el medio ambiente de nuestro municipio.

Por lo tanto, tal causa de recusación NO DEBE SER ADMITIDA, toda vez que la misma solamente concurre cuando el asunto es exclusivamente privado, pero no cuando es eminentemente público o institucional, como lo es el desarrollo de funciones públicas desarrolladas por un concejal por más que las mismas, en su más completa dimensión pública afecten a la vida diaria del mismo.

2. En cuanto al interés personal, decir que la actividad de la empresa Inama, no soloafecta a nuestra salud, sino también afecta a todos los vecinos de Muxika que viven dentro de la zona de afección directa de las emisiones de FINSA-INAMA (Más de 800 vecinos sin contar con población de municipios colindantes como el barrio de Kanpantxu de Ajanguiz y la parte sur de Gernika), además de afectar al medio ambiente en el que desarrollamos toda nuestra existencia. Por todo ello se concluye que EL INTERÉS QUE DEFENDEMOS NO ES PERSONAL, ES PÚBLICO.

3. Respecto a la causa de enemistad manifiesta que se nos imputa, NEGAMOS ROTUNDAMENTE LA EXISTENCIA DE TAL ANIMADVERSIÓN O ENEMISTAD, porque en nuestra actividad pública como concejales del ayuntamiento de Muxika NOS GUÍA LA DEFENSA DEL MEDIO AMBIENTE Y LA SALUD PÚBLICA DE LOS VECINOS DE ESTE MUNICIPIO Y LA DEFENSA DE LA LEGALIDAD VIGENTE.


Añadir que, el encargado para resolver y decidir sobre las recusaciones que nos imputan debía ser el SEÑOR ALCALDE, pero, al estar el mismo recusado para intervenir en este asunto, POR SER PARTE INTERESADA EN EL EXPEDIENTE YA QUE ES TRABAJADOR DE INAMA, será el teniente alcalde don JOSE FELIX ALEGRIA, quien deberá decidir sobre nuestra recusación.


FDO.: CONCEJALES DE MUXIKA GARBI

No hay comentarios: